Nuestro proyecto forma parte del 7° inventario nacional de Custodia del Territorio.

La custodia del territorio se entiende como una filosofía que incentiva la conservación de la naturaleza, del paisaje y del patrimonio cultural en propiedades o parcelas públicas o privadas, que pueden incluir vivienda o ser directamente una vivienda.
Los protagonistas son, por un lado, un propietario, y por el otro una entidad de custodia que le asesora para llevar a cabo una gestión de su propiedad orientada a la conservación de sus valores y recursos (Fundación Biodiversidad, 2017).
Basora y Sabaté (2006) definieron la custodia como un conjunto de estrategias e instrumentos que pretenden implicar a los propietarios y usuarios del territorio en la conservación y buen uso de los valores y recursos naturales, culturales y paisajísticos.
Con el fin de conseguirlo, promueve acuerdos y mecanismos de colaboración continua entre propietarios, entidades de custodia y otros agentes públicos y privados.
La custodia del territorio funciona por tanto mediante mecanismos completamente voluntarios y complementarios a la legislación ambiental proveniente del derecho público que involucran tanto a propietarios particulares, como a administraciones públicas y asociaciones teniendo como base el bien común y la conservación a largo plazo los valores naturales, culturales y paisajísticos del territorio (Barreira et al., 2010).
La custodia del territorio supone en muchos casos un retorno o reinterpretación de los bienes comunales del medio rural desde distintos puntos de vista.
En primer lugar, es necesario destacar que para poner en marcha un proyecto es necesaria una comunidad, ya sea en forma de entidad, colectivo, asociación o grupo de personas dispuestas a iniciar un proyecto de conservación o de utilización de un bien.
En segundo lugar, al igual que sucedía históricamente, no hay ninguna relación económica de por medio con un propietario público o privado. Un proyecto de custodia no es un contrato de alquiler o arrendamiento por un precio simbólico. Se trata de un acuerdo duradero entre un propietario y una comunidad de forma que habrá un uso comunal del predio o parcela, sin que la comunidad se convierta en ningún momento propietaria.
En tercer lugar, muchos acuerdos de custodia se aplican sobre tramos de río, áreas de montaña, pastos o bosques que hoy en día son competencia y propiedad de la administración pública (Dominio Público Hidráulico, por ejemplo), pero que históricamente fueron bienes comunales.
Por último, cabe destacar que la custodia del territorio puede constituir una buena herramienta para el acceso a la vivienda al medio rural, y de lucha contra la despoblación, en tanto en cuanto para un propietario no le supone una pérdida de patrimonio, sino su mantenimiento, y para un posible usuario o migrante en el medio rural, supone una vía de acceso a una vivienda sin el compromiso de cargas económicas más allá de las pactadas previamente sobre posibles obras a realizar en la propiedad, ni la necesidad de permanencia de un tiempo más allá de lo pactado por vía contractual.